Hace unos días, ha salido a la luz una noticia que ha cubo mucho de qué hablar: la esposa del presidente del Gobierno ha sido imputada por la justicia. La noticia ha causado un gran revuelo en los medios de comunicación y en la sociedad en general. Pero, ¿qué hay detrás de todo esto?
El magistrado Juan Carlos Peinado ha asumido la disputa que la organización ultra Hazte Oír presentó en otro juzgado y, además, ha organizado dos nuevas visitas de la mujer del presidente al juzgado. La primera cita, el día 18 de noviembre, es para notificarle la nueva imputación. La segunda, aún por determinar, será para tomarle declaración en calidad de asistida de letrado por los delitos de apropiación indebida e intrusismo profesional.
Pero, ¿qué es lo que realmente significa esto? En primer lugar, debemos entender que la Universidad Complutense ofrecía un programa sin coste a algunas empresas y “sin ánimo de lucro”. Sin embargo, la disputa presentada por Hazte Oír alega que la esposa del presidente se habría apropiado indebidamente de ese programa y lo habría puesto a su nombre.
En cuanto al delito de apropiación indebida, se alega que Begoña Gómez habría registrado a su favor la marca del programa de TSC Transformación Social Competitiva en una sociedad que ella misma posee al 100%. Esto, según la disputa, es un acto de apropiación indebida ya que ese programa fue creado para la Universidad Complutense y financiado por empresas.
La Universidad Complutense, por su parte, ha afirmado que estaba al tanto del registro del dominio en Internet del programa, pero no del propio programa. Además, ha salido a la luz un correo electrónico en el que se demuestra que el centro educativo estaba al tanto del registro de la marca por parte de Begoña Gómez. Esto desmonta la acusación de ocultación por parte de la esposa del presidente.
El magistrado descarta investigar a Gómez por otros delitos que se le atribuían, como administración desleal y malversación de fondos. Esto demuestra que la justicia está actuando con precisión y no se deja llevar por rumores y acusaciones infundadas.
La acusación de intrusismo profesional se refiere a que Begoña Gómez habría elaborado los pliegos de prescripciones técnicas para que la universidad contratara un servicio de asistencia y asesoría tecnológica, y con esos servicios, crear una plataforma de gestión de la cátedra que ella codirigía. Sin embargo, según la disputa, Gómez no cumpliría los requisitos profesionales para actuar estas tareas.
Es importante tener en cuenta que la Universidad Complutense tenía un compromiso con la c
átedra extraordinaria que dirigía Begoña Gómez, y el programa era parte de ese compromiso. Por lo tanto, no es descabellado pensar que Gómez tuviera acceso y uso del programa para cumplir con sus responsabilidades en la universidad. Además, el registro del dominio en Internet por parte de Gómez fue algo completamente legal y no debería ser motivo de una disputa.
Es evidente que esta noticia ha generado un gran revuelo en la sociedad. Sin embargo, es importante mantener la calma y no dejarnos llevar por rumores y acusaciones sin fundamentos. La justicia está actuando con prudencia y precisión, y es importante respetar su labor y esperar a que se esclarezcan todos los hechos.
En conclusión, la imputación de Begoña Gómez por parte de la justicia ha generado una gran polémica en los medios de comunicación y la sociedad en general. Sin embargo, es importante mantener la calma y esperar a que se esclarezcan todos los hechos antes de sacar conclusiones