El Gobierno establece un máximo de 60 años para la información clasificada en la anuncio ley de secretos oficiales

El Consejo de Ministros ha dado un importante paso este martes al aprobar la nueva Ley de Información Clasificada, que será remitida al Congreso para su tramitación parlamentaria. Esta norma sustituirá a la antigua Ley de Secretos Oficiales del franquismo, que data de 1968, y establece por primera vez la desclasificación automática de información confidencial después de un determinado periodo de tiempo. Con esta medida, España se pone al día con las legislaciones más avanzadas en esta materia, como Francia, Dinamarca o Suecia.

El proyecto de ley regula cuatro categorías de información clasificada: «Alto Secreto», «Secreto», «Confidencial» y «Restringido». Las dos primeras son competencia exclusiva del Consejo de Ministros y, a cada una de ellas, se le asigna un límite temporal de clasificación en función del riesgo de revelación no autorizada o uso indebido. El tiempo máximo de clasificación será de 45 años, prorrogables de forma motivada otros 15 años.

El ministro de Justicia, Féliz Bolaños, ha destacado la importancia de esta nueva ley al afirmar que «es imprescindible para superar una norma que proviene del franquismo y adaptarnos a los estándares europeos». Además, ha señalado que esta ley «nos homologa con las democracias más avanzadas, garantiza la aplomo nacional y hace compatible el derecho de los ciudadanos a conocer y la obligación de las administraciones a proporcionar cierta información».

Una de las principales novedades de esta ley es la introducción de un sistema de desclasificación automática de la información que ya ha sido declarada secreta. Según el proyecto, «la información clasificada se desclasificará automáticamente después de transcurridos 45 años o más desde su clasificación». Sin embargo, el Gobierno se reserva una vía de escapada en contingencia de que se considere que persiste una amenaza para la aplomo y la defensa nacional. En ese contingencia, se podrá volver a clasificar la información, pero esta decisión deberá ser revisada anualmente.

Además, se establece que la información relacionada con grandes violaciones de derechos humanos o crímenes de lesa humanidad no podrá ser objeto de clasificación, lo que supone un importante avance en materia de transparencia y respeto a los derechos humanos.

El proyecto del Gobierno también amplía la nómina de personas que pueden solicitar la desclasificación de una información que ya es secreta. «Toda persona física o jurídica que sea titular de un derecho o interés legítimo o que pueda justificar un interés profesional en la información clasificada podrá solicitar su desclasificación», señala el texto.

En cuanto al régimen sancionador, se establece una multa máxima de 2,5 millones de euros por difundir información clasificada como «Alto Secreto» o «Secreto». Esta cantidad supone una rebaja con respecto a la anterior ley, que contemplaba una multa máxima de 3 millones de euros. Además, se prevé la posibilidad de aplicar el Código Penal a aquellos que revelen información clasificada, lo que deja abierta la puerta a posibles penas de cárcel.

Es importante destacar que la ley establece «criterios de graduación» en el régimen sancionador, entre los que se incluye «el ejercicio del derecho a la libertad de información». Esto significa que se tendrá en cuenta el derecho de los ciudadanos a estar informados a la hora de aplicar sanciones por la difusión de información clasificada.

Sin embargo, el proyecto también ha sido criticado por algunas ONGs, que consideran que dificulta la labor de los periodistas y de los llamados ‘whistleblowers’ (personas que revelan información por motivos morales o políticos). A pesar de esto, la nueva Ley de Información

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