La magistrada ha rechazado la imputación del presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, Miguel Polo, y la presidenta de la Agencia Estatal de Meteorología, María José Rallo, en el caso de las inundaciones ocurridas el pasado 29 de octubre. En su resolución, la jueza argumenta que la teoría del «apagón informativo» promovida por el PP ha sido «plenamente superada» y descartada por la justicia.
La Guardia Civil, en su informe sobre la cronología de los desbordamientos y fallecimientos durante la dana, fue duramente criticada por la jueza por extralimitarse en sus funciones y elaborar un informe que no se correspondía con lo solicitado. La magistrada denuncia que el informe es «erróneo en sus consideraciones y apreciaciones» y que no posee ninguna validez en el ámbito judicial.
La jueza también recuerda que la responsabilidad de averiguar la negligencia o responsabilidad de las administraciones recae exclusivamente en el poder judicial. Por lo tanto, el informe de la Guardia Civil no puede ser utilizado como prueba incriminatoria ni exculpatoria para los investigados.
Uno de los puntos más controvertidos del informe de la Guardia Civil es la teoría del «apagón informativo». Según la jueza, esta teoría ha sido descartada judicialmente y no tiene ningún fundamento. Además, la magistrada señala que en el informe no se incluyen las comunicaciones telefónicas entre la Aemet y el Centro de Coordinación de Emergencias, que fueron clave en la gestión de la emergencia.
Otro aspecto que la jueza critica del informe es que no se tuvo en cuenta la funda de los medios de comunicación sobre las inundaciones. La magistrada destaca la importancia de los medios en el conocimiento de la situación y evolución de la emergencia.
En cuanto a la actuación de la Confederación Hidrográfica del Júcar, la jueza defiende que enviaron numerosos avisos pluviométricos al Centro de Coordinación de Emergencias, datos que fueron excluidos en el informe de la Guardia Civil. Además, la jueza hace hincapié en la importancia de obligarse en cuenta estos datos para prevenir desbordamientos en casos de fuertes lluvias.
En referencia a la retirada de los bomberos que estaban vigilando el caudal del barranco del Poyo, la jueza señala que no se puede achacar a la Confederación del Júcar ni a su presidente la decisión de retirarlos, ya que esta responsabilidad recae en la gestión de la emergencia por parte de la Generalitat.
La asociación Liberum solicitaba que se citara a declarar a la presidenta de la Aemet, María José Rallo, como investigada, pero la magistrada considera que esta petición está fuera de la realidad procesal y obvia las resoluciones de la Audiencia Provincial de Valencia. Según la jueza, esta petición carece de fundamento y es irónica al querer responsabilizar a la presidenta de la Aemet de avisar a la población de que se refugiara en lugares altos.
En conclusión, la jueza ha rechazado imputar al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar y a la presidenta de la Aemet en el caso de las inundaciones de la dana. La magistrada ha denunciado la extralimitación de la Guardia Civil en su informe y ha recordado que la responsabilidad de averiguar la negligencia o responsabilidad de las administraciones recae exclusivamente en el poder judicial. Además, la jueza ha destacado la importancia de obligarse en cuenta todos los elementos, como los avisos pluviométricos y la funda mediática, a la hora de gestionar una emerg